Después de la elección ha quedado claro que, sin importar qué fuerza política triunfe, el fraude y la mentira son medulares en el comportamiento de los políticos y varios intelectuales. Hemos atestiguado cómo un exconsejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Ciro Murayama, miente al hablar de la sobrerrepresentación de la coalición vencedora, Juntos Haremos Historia, con tal de tratar de evitar la debacle del régimen de la transición. A su vez, hemos visto como dos políticos relativamente jóvenes de Morena, Citlalli Hernández y Sebastián Ramírez, mienten para justificar que Morena en la Ciudad de México obtuviera más diputados que los que ganó en las urnas.
Aunque dichos actores políticos dicen estar enfrentados entre sí e invocan una supuesta superioridad moral —una basada en la pluralidad y en la supuesta sapiencia técnica, y la otra en la mayoría electoral—, están estrechamente vinculados a través del cinismo: “Si le conviene a los otros, estoy en contra. Si me conviene a mí, está perfecto”.1 A continuación ilustraré en qué radica este cinismo compartido.
El cinismo de Murayama
Murayama publicó en El Financiero una columna titulada Pluralismo real y riesgo de sobrerrepresentación. En ella argumentó que la coalición de Juntos Haremos Historia obtuvo 54.1 % de los sufragios para la integración de la Cámara de Diputados, y que la estimación de la asignación de diputados por representación proporcional que anunció el INE le daría 73 % de la integración de la Cámara. Así, según Murayama, obtendría un beneficio de 19 puntos más de los sufragios que obtuvo y, por ende, sería inconstitucional, pues supera los ocho puntos de tope que establece la Carta Magna. Al final de su artículo concluye
"Será indispensable que la asignación de legisladores de representación proporcional que va a realizar el INE se apegue a la Constitución y no se vulnere el límite de sobrerrepresentación del 8".
Lo anterior ocurre porque, como ha explicado en otro texto el mismo Murayama, los partidos mayoritarios le pasan votos a los miembros minoritarios de su coalición para que tengan mejores resultados electorales. Así lo explica el exconsejero: «El partido A se coaliga con dos socios menores, B y C. Pactan candidaturas de mayoría relativa a la Cámara de Diputados y la coalición gana cierto número de distritos, todos o casi todos gracias votos en las urnas al partido A, pero buena parte de esos triunfos se le trasladan por el convenio de coalición a B y C, quienes captan pocos sufragios».
Sin embargo, Murayama omite en su texto de El Financiero, con toda la intención, mencionar que la Constitución habla con claridad de que el límite de la sobrerrepresentación se establece exclusivamente para los partidos políticos y no para las coaliciones. De igual forma suma, tramposamente, el porcentaje de sobrerrepresentación de todos los partidos políticos de la coalición para establecer esa sobrerrepresentación del 19 %.
Ante la crítica y los señalamientos que se le realizaron por dicha omisión, Murayama elaboró un ensayo en Nexos en el que, para enfrentar al texto constitucional, invoca al extinto Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe). El exconsejero dice lo siguiente:
"Para soportar esa treta, sus impulsores dicen que el límite de ocho puntos en exceso de la Constitución sólo aplica a partidos y no a coaliciones. Pero omiten decir que cuando la cláusula contra la sobrerrepresentación se incorporó a la Constitución en 1996, la ley electoral reglamentaria, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), señaló en consecuencia y de forma meridiana en su artículo 60, párrafo 4: “A la coalición le serán asignados el número de senadores y diputados por el principio de representación proporcional que le correspondan, como si se tratara de un solo partido”. Al ser una coalición tratada como partido, la disposición constitucional aplica para ambos. Eso nunca se modificó"
Dudo que un experto electoral como Murayama no sepa que se encuentra en un error y por eso me sorprende su deshonestidad intelectual. Arbitrariamente omite cinco hechos que conoce de primera mano que contradicen su argumento; varios de los cuales fueron relatados con mucha claridad desde 2021 por Nicolás Medina Mora en la misma revista Nexos:
- La sobrerrepresentación que hoy le molesta a Murayama surgió en 2014 con la reforma electoral del Pacto por México. Dicha sobrerrepresentación fue denunciada en 2015 por Pablo Gómez, quien hoy es un flamante morenista al que seguramente ya se le olvidó (convenientemente) su reclamo. Entonces Gómez explicó que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) había mandado a sus militantes a competir por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) para estar sobrerrepresentado y eludir el tope constitucional. No se escuchó el reclamo de Gómez, y aunque el PRI y su coalición con el Verde solo obtuvo el 37.96 % del voto, el INE le asignó diputados plurinominales para controlar el 50 % de la Cámara y quedar a un voto de distancia de la mayoría simple. Murayama en ese entonces ya era consejero.
- El texto que invoca del Cofipe desapareció en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe) que lo sustituyó. En ningún lado de dicha ley se dice que las coaliciones se considerarán como un partido político al momento de la asignación de diputados de representación proporcional, solo se considera a la coalición como un solo partido para los tiempos en radio y televisión. El artículo 167, segundo punto, inciso a), dice lo siguiente:
«A la coalición total le será otorgada la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión establecida en esta Ley, en el treinta por ciento que corresponda distribuir en forma igualitaria, como si se tratara de un solo partido» - Lo anterior se debe a que en 2007 se modificó el Cofipe para que, aunque los partidos fueran en coalición, cada uno apareciera en un recuadro individual en la boleta. Con esta modificación se trataba de evitar, precisamente, la sobrerrepresentación, pues mientras que en las elecciones de mayoría relativa se considera el nombre de la candidatura común, para efectos de la representación proporcional se considera el recuadro del partido que tache el votante. Eso se mantuvo en la Lgipe, en su artículo 266, sexto punto:
“En ningún caso podrán aparecer emblemas conjuntos de los partidos coaligados en un mismo recuadro, ni utilizar emblemas distintos para la coalición”. - En 2018, el PRI, el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido de la Revolución Democrática (PRD), así como algunas candidaturas independientes, impugnaron la repartición de representación proporcional que había hecho el INE (que seguía y sigue con el mismo problema que había denunciado Pablo Gómez en 2015) y que entonces favorecía a Morena y a su coalición. Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó las impugnaciones, considerando que la afiliación efectiva de los militantes era algo que tenía que revisarse con el convenio de coalición y que, en cuanto al porcentaje de sobrerrepresentación, este no podía considerarse por coalición, sino que era por partido. La decisión dice lo siguiente:
«“Apartado B. ¿La coalición “Juntos Haremos Historia” en su conjunto está sobrerrepresentada (como si fuera un solo partido)?”
Decisión: “No asiste razón a los recurrentes, porque para efectos de evaluar la sobrerrepresentación, no es posible considerar a la Coalición Juntos Haremos Historia como una unidad o como si fuera un solo partido político, en atención a que el sistema electoral está dispuesto, al menos, desde la reforma constitucional de 2014, para evaluar el desempeño de los partidos políticos en lo individual, a efecto de determinar su representatividad, y en ese sentido se ha pronunciado esta Sala Superior». - Para evitar el problema de la afiliación efectiva, el INE impulsó un acuerdo para verificar que los candidatos de un partido no pasen a otro arbitrariamente. Dicho acuerdo sigue vigente. En tanto, la propuesta que realizó el mismo Murayama para enfrentar la sobrerrepresentación del 8 % de las coaliciones no prosperó, tal y como especificó Lorenzo Córdova en un artículo reciente: «Hace tres años, se planteó en el Consejo General del INE hacer una interpretación que fuera acorde con el propósito originario de la norma constitucional y no solo con su sentido literal, aunque fue una propuesta que no alcanzó la mayoría para prevalecer».
Como se puede ver, es imposible que Murayama no sea consciente de todo esto, no solo por su experiencia técnica, sino porque fue un actor que participó directamente en varios de los hechos.2 Tan es consciente de ello, que en abril argumentó que para solucionar el problema de la sobrerrepresentación solo quedaba hacer una reforma constitucional:
"Eliminar de la Constitución la cláusula de la sobrerrepresentación del 8 % y, en cambio, establecer que los doscientos diputados plurinominales se asignaran con el propósito de lograr el máximo equilibrio entre los porcentajes de curules y votos de cada partido"
Es claro que Ciro Murayama sabe que se equivoca y miente cínicamente al asegurar que es posible evitar la sobrerrepresentación de las coaliciones (aludiendo al tope del 8% que establece la Constitución para los partidos políticos) desde el INE.
El cinismo de Ramírez y Hernández
El sábado por la noche, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), iba a aprobar la conformación del Congreso de la Ciudad de México, en donde se le asignaba a Morena 11 diputados plurinominales adicionales a los 27 diputados que había obtenido en alianza con el Partido Verde y el Partido del Trabajo (PT). Su coalición tendría un total de 38 diputados.
Sin embargo, el consejero Bernardo Valle, presentó un acuerdo para modificar esa repartición y provocar que Morena tuviera cinco diputados más, con lo que la coalición pasaba a tener 43 diputados; solo un diputado menos de lo que se necesita para tener mayoría calificada en el Congreso de la Ciudad de México y así poder cambiar la Constitución y elegir al fiscal.
Pese a la inconformidad de la oposición y de un par de consejeras, la modificación se aprobó al día siguiente. Los opositores argumentaron que, con esta repartición Morena estaba sobrerrepresentado, razón por la cual el presidente de Morena en la Ciudad de México, Sebastián Ramírez, y la secretaria general de ese partido, Citlalli Hernández, salieron a argumentar lo contrario. Ramírez publicó en su cuenta de X: «Estamos presenciando toda una operación mediática para evitar que Morena accediera a la representación proporcional en la CDMX. Otra vez el PAN con mentiras, acompañado de sus “líderes de opinión” a sueldo. Por ganar la Jefatura de gobierno ahora el PAN nos quiere dejar sin diputados de RP».
Posteriormente agregó lo siguiente:
Sobre la falsa narrativa de la "sobrerepresentación [sic]" con la que la derecha pretende desinformar en la Ciudad, algunas precisiones:
La Constitución local prohíbe que un partido tenga un número de diputaciones superior al 8 % + la votación total obtenida, lo cual no sucede con ninguno de los 3 partidos que integran nuestra Candidatura Común. Así ha quedado lo acordado por el IECM”
Citlalli Hernández secundó a Ramírez con lo siguiente: «La Constitución es muy clara. No estamos sobrerrepresentados, es la voluntad popular la que manda«.
Al igual que Murayama, Hernández y Ramírez mienten cínicamente, aunque de manera menos sofisticada (producto de su propia inexperiencia técnica). De entrada porque hablan de un tema que no viene ni al caso; la sobrerrepresentación que aprobó el Consejo General no tiene nada que ver con que se rebase el tope de la sobrerrepresentación. Se trata de que se le asignó a Morena diputados que no le corresponden (que no ganaron en las urnas y que se les quitó diputados a los opositores), y que se realizó mediante un fraude burdo. Lo que ocurrió fue lo siguiente:
El consejero Bernardo Valle propuso una modificación a la repartición de diputados, considerando siete cartas de diputados electos por mayoría relativa de Morena que pedían ser considerados como diputados del PVEM y del PT. Gracias a este repentino acto de consciencia partidista, Morena podría obtener más diputados de representación proporcional. Las siete cartas presentaban el mismo texto (lo que se conoce como un copypaste) y alegaban que los diputados comulgaban con “la ideología y la plataforma política de dicho partido político” (ya fueran el Partido Verde o el Partido del Trabajo).
Los diputados electos que pidieron su cambio repentino son morenistas declarados o antiguos trabajadores del gobierno de la capital. Víctor Varela está en Morena desde 2014 y hasta hace poco era diputado por ese partido; Iliana Ivón Sánchez describe en su perfil público (disponible en la página del IECM) que es una orgullosa obradorista desde 2006, candidata a congresista nacional de Morena y representante de la Estructura de Defensa Electoral de Morena en la Alcaldía Cuauhtémoc; María del Rosario Ramos se describe como activista política en Morena “en favor de la cuarta transformación”; Israel Moreno Rivera fue subsecretario de Coordinación Metropolitana y Enlace Gubernamental en la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México de 2022 a 2024; Juan Estuardo Rubio es exapoderado del sindicato de trabajadores del gobierno de la capital y Gerardo Villanueva es fundador de Morena. La lista la completa el experredista Alejandro Carbajal.
Todos estos morenistas declarados y que compitieron bajo el siglado de Morena, decidieron, mágicamente, que su afiliación partidista no les satisfacía, sino que se sentían muy “verdes” o muy “petistas”. Con ello, el consejero Valle pidió que se le contaran esos diputados al PVEM y al PT, y que se le dieran más diputados por la vía proporcional a Morena.
El problema central es que los diputados pueden cambiar de partido y de bancada libremente, pero sólo una vez que se hayan asignado las diputaciones y que se conformen las bancadas. No pueden hacerlo antes y con ello modificar la correlación de fuerzas del Congreso, pues esta es producto de la legítima contienda democrática y el voto.
El fraude a la ley consistió en que se utilizó el principio de asignación de grupo parlamentario para sustituir el de candidatura común como parte de un convenio de coalición. El primero se trata, como ya advertí, de que cada diputado puede elegir libremente a qué grupo parlamentario pertenece una vez que se haya instalado la legislatura. El segundo, en cambio, sirve para que las fuerzas políticas expliciten el acuerdo al que llegaron para siglar y para que se puedan repartir las candidaturas de representación proporcional. Eso quedó especificado en los lineamientos de asignación que aprobó el mismo Instituto Electoral de la Ciudad de México.
En síntesis, Morena estableció en un convenio de coalición qué candidatos competirían bajo su siglado y después, al no alcanzar la mayoría en el Congreso, movió a varios diputados electos por su partido a los partidos aliados (yendo en contra de su propio partido de coalición). Así obtuvo más diputados de representación proporcional, quedándose su coalición a un diputado de la mayoría calificada. Con esta movida consiguió, además, que el PAN obtuviera dos diputaciones menos, y que el PRI, MC y el PRD perdieran un diputado.
Como se puede ver, la sobrerrepresentación de Morena nada tiene que ver con el tope del 8 % como tramposamente y cínicamente quieren hacer creer Ramírez y Hernández. La sobrerrepresentación se basa en que hicieron una fraudulenta interpretación de la ley: morenistas de toda la vida decidieron que querían competir por el Partido Verde y el Partido del Trabajo después de haber ganado bajo las siglas de Morena, la mayoría de consejeros del IECM afines a Morena lo aprobaron y les dieron más diputados. Esos diputados de más no los ganaron por el voto popular, sino por un fraude cometido en el Consejo General del Instituto. Morena está claramente sobrerrepresentado.
En nuestra conversación pública escuchamos día con día sermones sobre la supuesta superioridad moral de los defensores de la transición y de los promotores de la cuarta transformación. Pero en los hechos ambos mienten e institucionalizan el cinismo: el fraude a la ley está bien siempre y cuando me beneficie. Todo se puede mientras sea en nombre de la “pluralidad” o de la “voluntad popular”.
- José Woldenberg, citado por Nicolás Medina Mora en «Fabricando mayorías», Nexos, 2021. ↩︎
- De hecho, como bien recuerda Medina Mora, reconoció el error de la sobrerrepresentación en una sesión del INE: “En 2015 y 2018 no dimensionamos hasta dónde se podía alterar la representación popular por la vía de la sobrerrepresentación, afectando el sentido de los votos depositados en las urnas al crear mayorías y minorías artificiales. Nos equivocamos, sí, una vez no frenando la sobrerrepresentación de unos y otra vez no limitando la de otros. Fue un error sin sesgo ni favoritismo, pero error». ↩︎