Si bien el cuidado, entendido tanto como ética como principio inseparable del ejercicio de gobierno, ha estado presente en el pensamiento político desde la Antigüedad —y baste aquí sugerir al público que se acerque al término epimeleia, cuya riqueza semántica abarca gobernar, administrar y cuidar—, fue hasta la década de los ochenta del siglo pasado cuando, gracias al impulso de las feministas, comenzó a ser objeto de una reflexión sistemática.
De aquel esfuerzo intelectual y político surgió una literatura especializada que, con el tiempo, configuró tres vertientes principales para pensar los cuidados: la primera forma de concebir el cuidado es como un trabajo que sostiene y organiza nuestras sociedades, el cual históricamente ha recaído de manera injusta, casi exclusiva, sobre las mujeres, lo que ha provocado su invisibilización y desvalorización. La segunda lo entiende como una ética pública capaz de transformar la lógica desde la cual se ejercen las acciones políticas, desplazando el énfasis en la mera administración del poder hacia la responsabilidad de sostener la vida común. La tercera lo concibe como una relación con el otro y con el entorno, una trama de vínculos y responsabilidades recíprocas cuyo horizonte último es la preservación de la vida y la atención constante a la vulnerabilidad que acompaña, inevitablemente, a la condición humana.
En este texto me propongo mostrar cómo los tres elementos del cuidado pueden comprenderse desde y para la administración pública. Para ello retomo la definición del doctor Omar Guerrero, quien entendía a la administración pública como la actividad del Estado orientada a producir las condiciones que garantizan la continuidad de la sociedad y a generar las capacidades de desarrollo de los elementos que la integran.
Tal actividad, según Guerrero, se despliega en dos dimensiones: la funcional y la institucional. La primera corresponde a las tareas concretas que el Estado realiza para llevar a cabo el trabajo que constituye el objeto vital de la administración pública; la segunda, en cambio, remite al conjunto de acciones destinadas a sostener y hacer operativa a la propia administración, concebida como un organismo.
Desde este marco, resulta posible examinar cómo los tres campos del cuidado se reflejan y cobran sentido en la administración pública, tanto en el ámbito de sus funciones sustantivas como en el de sus estructuras institucionales.
Los cuidados como un trabajo que organiza a nuestra sociedad
En lo que respecta al primer campo de los cuidados, es fundamental reconocer que el mantenimiento mismo de la administración pública debe partir de la conciencia de que las mujeres, en particular, ven condicionadas y muchas veces limitadas sus labores por la carga desproporcionada del trabajo de cuidados. Visibilizar esta situación y transformar la manera en que se organizan los cuidados supone también un cambio en las propias instituciones estatales. Ello implica contemplar la creación de áreas específicas tanto para los cuidados directos —es decir, aquellos que se realizan de manera inmediata sobre las personas— como para los cuidados indirectos, que abarcan las condiciones que hacen posible cuidar.
De aquí se desprende la necesidad de contar con salas de lactancia, espacios destinados al cuidado de infancias, normativas que reconozcan y garanticen tiempos para el cuidado de otros y también para el autocuidado. Todo ello, además, debe inscribirse en una perspectiva de género que promueva la participación de los hombres en estas tareas, asegurando que cuenten con los mismos derechos y obligaciones en materia de cuidado. Ejemplo de ello serían las licencias de paternidad, que al tiempo que reconocen su papel en la crianza y el cuidado, contribuyen a redistribuir de manera más equitativa la carga entre mujeres y hombres.

Ahora bien, en lo que concierne a la función del Estado para garantizar la continuidad de la sociedad, pueden señalarse dos aspectos esenciales. El primero es la transformación normativa, que debe traducirse, tras su respectiva aprobación legal, en la construcción de un Sistema Nacional de Cuidados. Este sistema, concebido como una red articulada de instituciones y sectores sociales, tendría como propósito asegurar la provisión de servicios fundamentales de cuidado: atención en salud mental y adicciones, casas hogar para personas mayores, estancias infantiles, así como un servicio de salud y de seguridad social que, además de atender la dimensión securitista, reconozca la del cuidado. Ello supone prácticas de asertividad, trato cordial y atención con perspectiva de género y sin estigmatización, pues cuidar no es sólo un servicio técnico, sino un acto profundamente humano que exige sensibilidad y respeto.
El segundo aspecto es el reconocimiento de que los cuidados también constituyen infraestructura. En este sentido, tanto las instituciones como la infraestructura urbana y rural deben configurarse bajo la lógica del cuidado. Parques accesibles y seguros, espacios de esparcimiento dignos, banquetas incluyentes, calles transitables, y un transporte público afable y adaptado a las necesidades de quienes se encuentran en situación de cuidado son condiciones básicas para garantizar la vida común. Así, el cuidado se entiende como una política de presencia estatal que se expresa en servicios y entornos habitables. Esto implica que las políticas de cuidados no pueden ser únicamente políticas de transferencias económicas, sino que estas deben sostenerse a partir de servicios estatales. Al respecto, resulta pertinente recuperar el trabajo de Oxfam US, que en español se titula El cuidado como infraestructura esencial: definiciones y debates sobre la infraestructura de cuidados en Kenia, México, Perú, Filipinas, Estados Unidos y Zimbabue, que propone precisamente esta ampliación conceptual del cuidado como parte de la infraestructura esencial de las sociedades contemporáneas y la necesidad de incluir en el presupuesto público gasto destinado a estas acciones.
Los cuidados como ética pública
El cuidado como ética pública descansa en cuatro nociones fundamentales. La primera es la interdependencia, que recuerda que nadie es plenamente autónomo y que la vida de cada uno se sostiene en la relación con los demás y con el entorno. La segunda es la centralidad de las relaciones, entendidas como la meta misma: establecer, nutrir, sostener y proteger conexiones que hacen posible el bienestar común. La tercera es la responsabilidad, que no se reduce a la obediencia de reglas abstractas, sino que implica asumir los problemas colectivos con una atención constante a las relaciones que se ven afectadas. Finalmente, la sensibilidad al contexto subraya que toda decisión ética debe situarse en las circunstancias concretas de cada caso, reconociendo matices, particularidades y diferencias.
Concebir el cuidado como una ética pública invita a repensar el mantenimiento mismo de la administración bajo la premisa de que los seres humanos somos radicalmente interdependientes y que nuestra vida depende, de manera irrenunciable, de sostener, reproducir y proteger relaciones. Esta perspectiva exige una transformación de la práctica institucional. Es cierto que, en términos weberianos, la administración pública se concibe como un aparato impersonal; sin embargo, no deja de sostenerse en la labor de personas concretas. Como ha demostrado la teoría de las organizaciones, el funcionamiento de una institución depende tanto de sus normas y procedimientos como de la calidad del entramado relacional que la habita. De ahí que sea necesario replantear los mecanismos de comunicación institucional, promover una cultura organizacional más sensible a las necesidades humanas y atender dimensiones clave como la salud mental, la cohesión y la integración de quienes trabajan en la administración pública: la persona funcionaria pública también requiere ser cuidada, pues su labor se inscribe en una doble dimensión: sostener la vida de la comunidad y preservar su propia capacidad de ejercer esa tarea.
En lo que respecta a la función de la administración pública, el cuidado como ética pública se erige como un principio transversal que actúa como vehículo para incorporar las preocupaciones del cuidado en todas las áreas de política pública, incluso en aquellas que tradicionalmente no se han concebido bajo esta lógica. Así, la seguridad y la justicia —con sus cuerpos policiales, sistemas penitenciarios y mecanismos de impartición de justicia—, la infraestructura y la planeación urbana ya mencionada, así como las políticas ambientales y de proyección hacia las generaciones futuras, encuentran en la perspectiva del cuidado un horizonte renovado.
Los cuidados como otra forma de entender el ejercicio del poder
La definición más difundida sobre el cuidado corresponde a la tercera línea de investigación, aquella que lo concibe como una forma de relación con el otro y con el entorno. Fue formulada por Bernice Fisher y Joan Tronto, quienes sostuvieron que “cuidar es una actividad genérica que comprende todo aquello que hacemos para mantener, perpetuar y reparar nuestro mundo”. Más adelante, Tronto amplió esta concepción y precisó que cuidar es, además, un proceso complejo que supone reconocer las necesidades, asumir la responsabilidad de atenderlas, proporcionar efectivamente el cuidado y, al mismo tiempo, cultivar cualidades morales indispensables para hacerlo de manera adecuada.
Desde esta perspectiva, Tronto ha señalado que el cuidado puede situarse en el centro mismo de la actividad política y del ejercicio del poder. Ello implica repensar el poder más allá de la dominación, es decir, como mantenimiento y sostén de la vida común. Así, en el sentido del mantenimiento administrativo, el cuidado exige nuevas formas de liderazgo, un ejercicio de la autoridad que respete los límites pero que, a la vez, garantice el interés superior de la colectividad, y una transformación en la profesionalización de las y los funcionarios públicos, a quienes habría que concebir como auténticos cuidadores de la sociedad.
En el plano de la función administrativa, el cuidado se revela, por tanto, como un bien común, un elemento indispensable para la preservación social. No es un asunto privado o doméstico, sino el vínculo que posibilita la gobernanza democrática y el entendimiento entre los diversos actores de la vida pública. En este sentido, la actividad estatal debe orientarse al cuidado, y la política, en su acepción más amplia, ha de entenderse también como una práctica de cuidado, comprometida con el sostenimiento de la vida, la dignidad y la justicia social.
A todo esto, quizá surja la pregunta inevitable: ¿qué es, por tanto, cuidar? Cuidar es una forma de habitar el mundo desde la igualdad, la asertividad y el ejercicio responsable del poder. Es una manera de producir y reproducir orden, tanto en el ámbito de los vínculos íntimos, donde se entretejen las relaciones cotidianas, como en la arquitectura más amplia de las comunidades políticas. Por ello, el cuidado es una actividad central de la administración pública, en tanto sostén y garante de la vida común.








